lunes, 2 de febrero de 2009

Proyecto de investigación. Manuel Oviedo Vélez: Construcción de un sistema de modalidades para las relaciones jurídicas

DESCRIPCIÓN

PROYECTO DE TESIS DE DOCTORADO

UNIVERSIDAD EXTERNADO DE COLOMBIA


Construcción de un sistema de modalidades para las relaciones jurídicas


Manuel Oviedo Vélez

En el derecho privado colombiano, las relaciones jurídicas entre dos sujetos determinados se suelen describir en términos de obligaciones correlativas a derechos subjetivos. Por su parte, Hohfeld (1913) señaló que no todas las relaciones jurídicas se corresponden con dichos correlativos, lo que hace pertinente una pregunta por la suficiencia de las categorías empleadas en el derecho privado colombiano para dar cuenta de las relaciones entre dos sujetos determinados.

De manera particular, el derecho de las obligaciones colombiano tiene su origen en el Código Civil francés de 1804 cuyos desarrollos posteriores (e. g. la distinción entre obligaciones de medios y resultado o la inclusión de obligaciones accesorias de seguridad en algunos contratos) han tenido una importante influencia. En este ámbito, la reflexión a partir de la denuncia de Hohfeld ha sido escasa, así como la referencia a relaciones jurídicas que excedan el deber u obligación* correlativo a un derecho subjetivo.


En el marco anterior, la investigación se dirige a construir un sistema de modalidades jurídicas que sea útil para explicar de manera racional el derecho de las obligaciones colombiano. El proyecto parte de las categorías propuestas por Hohfeld y de los desarrollos que las mismas han tenido en autores posteriores (e. g. Rainbolt, Ross, Matti) para establecer la necesidad de cada modelo de relación en una construcción científica del derecho de las obligaciones colombiano. Adicional a lo anterior, se incluyen normas jurídicas con estructura de regla para completar un esquema en el cual la relación jurídica no se corresponde con el concepto de obligación de origen francés: dicha obligación se presenta como una estructura constituida por relaciones jurídicas y normas con estructura de reglas.

* Hohfeld utiliza el concepto duty como correlativo del derecho subjetivo (right). En la versión en español, Fernando Carrió lo traduce como deber. Por su parte, el diccionario de Merriam-Webster define duty con referencias a “conductas debidas” en los dos primer niveles y a “obligación legal” en el tercero; en el mismo sentido, en el primer nivel del Diccionario inglés-español de Merriam-Webster, duty se traduce como (f) obligación.

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